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¿Eres trabajador y debes realizar tu Declaración de I.S.L.R?

PAGO DE ISLR

Te daremos algunos tips sobre éste tributo, que debes cancelar antes del 31/03/2021.

En principio debemos tener en cuenta que éste es un tributo establecido en la Ley de Impuesto sobre la Renta para toda persona natural o jurídica, residente o domiciliada en Venezuela, los cuales deben pagar impuesto, sobre las rentas obtenidas sea cual sea su origen, y que la causa o la fuente de ingresos esté situada dentro del país o fuera de él. En el caso de los trabajadores, para hacer su Declaración de Impuesto deben tomar en cuenta sus ingresos percibidos durante el año 2020, para lo cual hay un proceso precedente, como lo es: la estimación de salarios en la Planilla AR-I y la entrega por parte del patrono de la Planilla AR-C. Te explicaremos paso a paso el proceso, ya que cada año es el mismo procedimiento.

¿Dónde y cómo hacer el estimado de salarios?

La Planilla ARI, es un formato que se baja del portal del SENIAT y que debe entregarte tu patrono antes del 15 de enero, es decir al inicio del año fiscal. Allí debes colocar los estimados de salario anual (sueldos, vacaciones, utilidades, bonos, incidencias salariales, etc.), no solo de un patrón sino de todos para los cuales trabajes y luego determinar el porcentaje de retención que se aplicará sobre cada abono en cuenta. Aunque se realice al principio de año, si la Unidad Tributaria cambia, o tienes un aumento de salario, debes presentar una nueva planilla con esas variaciones en los meses de Marzo, Junio, Septiembre, Diciembre y con ello variará el porcentaje a aplicar.  Ten en cuenta que si no la presentas, el Agente de Retención, es decir tu patrono, en virtud de que es un tributo obligatorio y de que se exponen a multas, la llenará por ti y te hará firmar la Planilla como soporte legal del tributo.       http://declaraciones.seniat.gob.ve/portal/page/portal/MANEJADOR_CONTENIDO_SENIAT/05MENU_HORIZONTAL/5.1ASISTENCIA_CONTRIBUYENTE/5.1.4INFORMACION_INTERE/5.1.4.1FORMULARIOS/5.1.4.1.html

¿Qué trabajadores deben presentar la Planilla AR-I?

Todos los trabajadores cuyo estimado de ingreso anual sea superior a 1000 unidades tributarias. Para este año 2021, la unidad tributaria está en 1500, entonces deben presentarlo todos los trabajadores, ya que el mínimo estimado será (1000 * 1500 = 1.500.000 Bs.). En razón del valor en Bs que resulta, se traduce en que todos los trabajadores deben presentar la Planilla, y en base a su cálculo se estimará si son contribuyentes para este año 2021.

¿Por cuales desgravámenes puedo optar?

En la Planilla AR-I  tienes derecho a optar al desgravamen Único de 774 Unidades o al Desgravamen detallado que incluye: 

  1. Lo que estimes pagar en educación tuya y tus descendientes no mayores de 25 años y que residan en el país.
  2. Montos de Primas de seguro de hospitalización, cirugía y maternidad (HCM)
  3. Montos por Servicios Médicos, Odontológicos y Hospitalización
  4. Lo que  estimes pagar y hasta 1000 UT (Bs. 1.500.000, 00) en Cuotas de Intereses por Préstamos para adquisición de vivienda principal.
  5. Lo que estimes pagar y hasta 800 UT (Bs.1.200.000, 00) para alquiler de la vivienda que le sirve de asiento permanente del hogar.

Si optas por el desgravamen detallado, ten en cuenta que al realizar la Declaración definitiva, debes tener soporte de las facturas que impliquen esos gastos, ante cualquier inspección de la Administración Tributaria del Seniat al empleador o Agente de Retención.   

¿Qué debe hacer tu patrono cuando le entregas la Planilla AR-I?

El patrono se constituye en el Agente de Retención y debe informar mensualmente al SENIAT los montos pagados al trabajador por salarios, horas extras, bonificaciones regulares, utilidades, dietas, vacaciones, entre otros y el porcentaje de ISLR retenido sobre el salario o abono en cuenta realizado, de acuerdo al porcentaje que estimaste en tu planilla AR-I, lo cual será considerado un anticipo de pago del impuesto cuando vayas a realizar tu Declaración definitiva.

¿Qué es y para qué me sirve la Planilla AR-C?

La planilla AR-C, es un comprobante que emite tu patrono o Agente de Retención al final del ejercicio fiscal, es decir en Diciembre o primeros días de enero y en ella se resume el monto de lo abonado en cuenta y el porcentaje de impuesto retenido durante ese año fiscal. Con ésta planilla harás tu Declaración definitiva del ISLR. Considerando que es un deber formal, el patrono debe conservar en sus archivos la entrega de este comprobante a los trabajadores, cada uno con su respectiva firma.  Si egresas antes de finalizar el año fiscal, también deben entregarte este Comprobante para que lo tengas en cuenta al declarar el ISLR.

Debo hacer mi Declaración definitiva ¿Cuál es la base legal para la exoneración?

La Gaceta Oficial N° 42.049 de fecha 18 de enero de 2021 donde fue publicado el Decreto N° 4.420, mediante el cual las personas naturales residentes en el país, deberán pagar el Impuesto sobre la Renta (ISLR) solo por los enriquecimientos netos gravables de fuente territorial obtenidos durante el ejercicio fiscal 2020, que superen las cinco mil Unidades Tributarias (5.000 U.T.), es decir al realizar tu Declaración definitiva, debes rebajar de la totalidad de tu devengado lo siguiente: (5000*1500 = 7.500.000, Bs.), el restante será la base imponible, por lo cual es posible que en base al cálculo tengas la obligatoriedad de declarar más no acarreará ningún pago de impuesto, en todo caso si del cálculo deriva un monto a pagar, puedes dividir ese monto en 3 porciones y pagar a través de los bancos que están enlazados con el pago del tributo.

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, (Seniat) ha dispuesto una Guía Fácil para realizar tu Declaración definitiva al  cual puedes acceder a través del siguiente enlace:

http://declaraciones.seniat.gob.ve/portal/page/portal/MANEJADOR_CONTENIDO_SENIAT/05MENU_HORIZONTAL/5.3ANUNCIOS_CARTELES/5.3.2CARTELES_NOTIFICACION/CARTELES/RI_DISLR2021-GF01V1_0_0.pdf

Abg. Nuria Alvarez

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